El robo ocurrió el 9 de septiembre de 2008, el mendigo se dirigió a la panadería 'El Pan' de Badalona (Barcelona) y cogió una barra, mientras que agarraba por el cuello de la bata a la dependienta y le gritaba en francés. En el forcejeo, la barra cayó al suelo, partiéndose en dos. El mendigo agarró uno de ellos y salió corriendo.
Un año de cárcel, ha estimado como castigo para el mendigo que robó esa media barra de pan, un juzgado de Barcelona.
En el robo -el mendigo- agarró por el cuello de la bata a la dependienta, que se entiende como método de uso " violento e intimidatorio" para conseguir la "baguette".
Se le condena por un delito de robo con violencia e intimidación a un indigente francés, que fue juzgado en rebeldía al no acudir al juicio. Por ser mendigo, ni siquiera pudo ser citado al carecer de domicilio, obviamente, es lo normal en un mendigo...
El juez ha recordado que el delito de robo "no viene determinado por el resultado ni por el objeto sustraído (como a veces se puede leer en algún titular)", sino por el empleo de la violencia o intimidación.
"Si no concurren esos medios violentos, la conducta no es constitutiva de delito de robo sino de hurto; en esta figura sí que tiene relevancia el objeto, ya que si su valor es inferior a 400 euros, estaríamos ante una falta de hurto", aclara la didáctica sentencia.
Y agarrar por el cuello de la bata es tan violento como para condenarte a un año por robar media barra de pan, aunque el objetivo era robarla entera claro.
El mendigo negó que usara violencia con la dependienta y dijo haber cogido unos panes por no tener dinero para comprar algo de comida, pero el juez no ha tenido en cuenta su versión por no acudir a la vista oral y sostenerla en el juicio por su "incomparecencia no justificada", por no tener domicilio vamos, no se enteró y no acudió al juicio para defenderse.
La Fiscalía, pedía una condena de año y medio.
C.P
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